El fotógrafo de 'La Estrella de Panamá' y miembro del portal digital 'Claramente', Eduardo Grimaldo, de 41 años de edad, compareció a las 2:00 p.m., de ayer ante el Tribunal de Garantías en donde luego de una hora y veinte minutos, en un proceso abreviado, fue condenado a 10 años de prisión por el delito de violación sexual en perjuicio de su sobrina de 11 años.
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La fiscal superior de litigación temprana, Janina Muñoz de Aparicio, al término de la audiencia informó que se legalizó la aprehensión que había sido solicitada por el fiscal de atención primaria. Se le formuló imputación por delitos de violación sexual y actos libidinosos. Se llegó a un acuerdo de pena de 120 meses de prisión (10 años) y la pena accesoria para el ejercicio de funciones públicas por diez años.
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Despiadado
En la audiencia que fue reservada, la fiscal Gina Díaz, expuso elementos de convicción que fueron valorados por la jueza de garantías, Elkis Martínez. Se relató que el abuso por parte del fotógrafo inició cuando la víctima tenía solo cinco años de edad. La ultima agresión supuestamente se perpetró el año pasado, pero que a inicios de este año retomó el contacto con la menor intentando acariciarla.
No fue hasta el principio de marzo cuando la niña tuvo el valor para contarle a sus padres lo que la hacia su tío por lo que fue denunciado y mediante una orden de captura fue aprehendido en su casa, la mañana del jueves.
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Carismático
El fotógrafo Eduardo Grimaldo era un conocido reportero gráfico, crítico social beligerante, quien siempre exponía en redes sociales su sentir sobre el acontecer político de forma cruda y con un lenguaje fuerte.
Trabajaba actualmente para 'La Estrella de Panamá' y 'Claramente'. También laboró para 'Mi Diario' y 'La Prensa', pero se desvinculó desde el 2011.
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Ayer mismo 'Claramente' se refirió a la aprehensión de su colaborador en un comunicado en el que manifestaron condenar rotundamente el abuso físico, emocional o sexual a las mujeres y niños.
'Nos desvinculamos profesionalmente de la figura de Eduardo Grimaldo, dejando así que las investigaciones sigan su curso y que las autoridades puedan resolver esta situación tan lamentable', precisaron.
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El dato
El artículo 174 del Código Penal establece que quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal con persona de uno o otro sexo, utilizando su órgano genitales, será sancionado con prisión de cinco a diez años.
La pena será de ocho a doce años de prisión, si el hecho fuera perpetrado por un pariente cercano.
El artículo 175 señala que aun cuando no medie violencia o intimidación, la sanción será de diez a quince años si el hecho se ejecuta con persona que tenga menos de quince años de edad, y que por su edad no pueda consentir o resistir el acto.
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Nota: Carlos Ávila Rivas
Foto: Miguel Cavalli