Acodeco aconseja a los consumidores extremar cuidados al firmar contratos o realizar pagos a empresas, que ofrecen sus servicios para la compra y venta de vehículos de segundo uso.
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Se le recomienda al consumidor que primero verifique si se describe en el contrato de compraventa, los datos mínimos de la empresa vendedora del vehículo que va a adquirir, estos datos son: el nombre de la empresa, el registro único de contribuyente (RUC), la dirección física, así como los datos del vehículo que se va a comprar (marca, modelo, año, placa).
Adicional al contrato, los consumidores deben exigir el recibo de abono o del pago que realiza, que tenga los datos de la empresa vendedora y del vehículo que se compra, como constancia del dinero entregado, que recomendamos sea mediante cheque, depósito o transferencia bancaria, para corroborar el pago.
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Esta advertencia obedece a que la falta de información del vendedor y los datos del vehículo objeto de la compra, impiden luego que el consumidor pueda presentar la queja de manera efectiva y continuar con el proceso en Acodeco o en los tribunales de justicia, ya que ante la ausencia de dicha información no se puede determinar la vinculación del vendedor y, por consiguiente, su responsabilidad.
Igualmente, hemos detectado quejas contra empresas, tal es el caso de PLATINIUM CARS GROUP, que al ser consultadas en el sistema www.panamaemprende.gob.pa no consta su existencia, por lo que, recomendamos también verifique el aviso de operación que debe estar a la vista en el establecimiento comercial.
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Por otro lado, hemos tenido conocimiento de casos en los que los consumidores mencionan que se les venden vehículos importados de segunda, que son adquiridos en 'subastas' en el extranjero, y que a pesar de ser pagados, no le son entregados.
Existen casos como el del agente económico 'CVT EXPRESS', que en la Sección de Vehículo de Motor de Acodeco, del año 2018 hasta el 13 de febrero 2019, cuenta con 37 quejas, por un valor de 294 mil 439, dos de los cuales cuentan con resolución de desacato notificada, una pendiente de notificación y otros tres, que se encuentran en trámite de resolución de desacato.
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Por otro lado, el agente económico 'UNION PTY EXPRESS' mantiene una queja en la que el consumidor argumenta que realizó el pago de 30 mil sin que se le hubiera entregado el vehículo, y el agente económico no ha podido localizarse, en cuyo caso la queja se pondrá en conocimiento del Ministerio Publico.
Esta comunicación se realiza al público con fundamento el artículo 88 de la Ley 45 de 2007. Acodeco.
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