Tomás Alberto Camacho Flores fue condenado a 9 años de prisión, como autor de los delitos de posesión de sustancias ilícitas, en su modalidad agravada, y por posesión ilícita de arma de fuego, en su modalidad simple, a través de un Acuerdo de Pena, realizado por su defensa y la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de San Miguelito, bajo la Dirección del Fiscal Especializado de Drogas, el Licenciado Carlos G. Campbell Martínez.
Las investigaciones se iniciaron con un allanamiento dirigido por la Fiscalía Regional a una residencia localizada en el distrito de San Miguelito, corregimiento de Belisario Porras, Sector #5 de Samaria, en compañía de unidades de la Dirección Nacional de Inteligencia Policial de San Miguelito.
En la diligencia de allanamiento y registro del bien inmueble, dirigida por el fiscal Adjunto, Ricardo Marulanda se incautó en el área de la cocina una pistola, la cual mantenía una munición sin detonar en su cámara y un proveedor de color negro con siete municiones sin detonar. En el mismo lugar también se incautaron 14 municiones y 2 municiones calibre 9mm.
LEA TAMBIÉN: EL TACHI ROMPE EL SILENCIO. Está arrepentido, su madre rompió en llanto
En uno de los cuartos de la residencia se incautaron 12 bolsitas plásticas transparentes, anudadas en uno de sus extremos, contentivas de cocaína, en la cantidad de 397.31 gramos, según lo detallado en el informe pericial del laboratorio de sustancias controladas del IMELCF.
De igual forma se pudo determinar que el arma de fuego incautada dentro de la residencia es idónea para efectuar disparos, de acuerdo al informe pericial balístico de la Sección de Criminalística del IMELCF.
Correspondió al Fiscal Marulanda pactar el acuerdo de pena con la defensora pública Luz Leydiana Jiménez Rodríguez, en el cual el imputado aceptó como ciertos los hechos de la imputación y acusación.
Validado el acuerdo de pena por la Jueza de Garantías de San Miguelito, Licenciada Yaraby Quijano, procedió a dictar la Sentencia Condenatoria #47 del 28 de marzo de 2017, conforme la cual también se condenó a un (1) año de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, como pena accesoria.
Con información del Ministerio Público