Nuevas regulaciones para los profesionales ligados a la industria de servicios y el cumplimiento efectivo de los tratados internacionales recomendó el Comité de Expertos Independientes para la Transparencia de la Plataforma Financiera y de Servicios Internacionales integrado por Alberto Alemán Zubieta, Nicolás Ardito Barletta, Gisela Alvarez de Porras, Domingo Latorraca y el costarricense Roberto Artavia Loría.
Los comisionados Joseph Stiglitz (Estados Unidos), premio Nobel de Economía, y Mark Pieth (Suiza), profesor de Derecho Criminal y Criminología de la Universidad de Basilea trabajaron junto al Comité por varios meses y anunciaron su retiro del grupo en agosto de 2016.
El Gobierno hizo público el Informe final este lunes 21 de noviembre con las recomendaciones del Comité de Expertos que propone medidas para fortalecer los sistemas corporativos, financieros y legales, a fin de que el país lidere los esfuerzos de la comunidad internacional para construir una nueva arquitectura financiera global.
El Comité fue nombrado en el mes de abril del 2016 por el presidente de la República Juan Carlos Varela, después de que se revelerá una investigación realizada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés), en la que se publicó información de una firma de abogados dedicada a la creación de sociedades offshore.
Domingo Latorraca integrante del Comité de Expertos dijo que las recomendaciones están dirigidas al Gobierno de Panamá, además señaló que este tema no termina con la presentación del informe se necesita que se establezca una comisión asesora de manera permanente.
Agregó que Panamá debe regular, implementar y hacer cumplir los compromisos adquiridos en materia de transparencia de información para que sea efectivo.
Latorraca señaló que se tiene que actuar con firmeza y de manera constante.
Los expertos recomendaron desarrollar e implementar una legislación anti corrupción que alcance a los actos realizados por nacionales panameños o grupos económicos establecidos en Panamá que directa o indirectamente participen en la instrumentación de actividades ilícitas en terceros países.
La normativa deberá incluir la obligación de supervisar y tener estricto control de las actividades que realicen terceros en su nombre, franquiciatarios, concesionarios o agentes de cualquier naturaleza, sea personalmente o a través de personas jurídicas, directa o indirectamente.
También recalcan la importancia de ejecutar lo establecido en la Ley 52 de 26 de octubre de 2016, que exige a los entes jurídicos offshore mantener registros contables disponibles a través de su agente residente y establecer la obligación de reportes anuales privados.
Por: Sonia Navarro