Un Tribunal de Apelaciones negó el cambio de medida cautelar a un ciudadano de 18 años de edad imputado por la supuesta comisión de los delitos Contra la Vida y la Integridad Personal (Homicidio Doloso Agravado), Femicidio, Contra el Patrimonio Económico (Robo Agravado) y Contra la Libertad e Integridad Personal (Secuestro).
Los Magistrados Donaji Arosemena, Mauricio Marín y Luis Mario Carrasco, en vídeo audiencia realizada en las instalaciones del Sistema Penal Acusatorio (SPA) de Plaza Ágora, no concedieron la Acción de Hábeas Corpus presentada por el defensor Particular, José Antonio Moncada, a favor del ciudadano.
El Tribunal de Apelaciones, luego de escuchar las intervenciones de las partes, no concedió el recurso y en consecuencia declaró legal la medida cautelar personal de reporte periódico los días 30 cada mes y la prohibición de salida del país, decretada en primera instancia por un Juez de Garantías.
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Los Magistrados mantuvieron la medida en vista de que no observaron ningún tipo de violación a garantías fundamentales, además de que dichas medidas cautelares cuestionadas fueron propuestas en su momento por la propia defensa particular.
Lo que si hizo el Tribunal Superior de Apelaciones es que ordenó la revisión de la medidas cautelares impuestas en base a la información suministrada por las partes durante la audiencia con la incorporación de nuevos elementos,, la audiencia ante un Juez Garantías quedó agendada para el 30 de septiembre de 2020, en la sala 5, del Sistema Penal Acusatorio de la provincia de Colón.
Ante esta decisión, la defensa particular presentó un recurso de apelación, el cual fue acogido por el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial.
En el acto de audiencia, participaron de forma virtual por el Ministerio Público, el fiscal Adolfo Pineda. Además la defensora pública de Víctimas del Delito, Roshell García; y los Abogados Querellantes, Jaime Chambers, Edgar Huerta y David Campos.