Sobre el caso de cirugías estéticas que supuestamente se realizarían en Colombia, donde a una joven se le imputaron cargos por presunta estafa y se le cambió la medida de detención preventiva por casa por cárcel, su abogado Eduardo Pinnock Quintero, solicitó una aclaración a Mi Diario y explicó que no fue cuestión de suerte.
“Tuvo suerte. Le revocan la detención provisional a chica de los ‘planes todo incluido’, tituló Mi Diario el pasado martes, 11 de octubre.
“Como abogado le informo que NO existe SUERTE en Derecho... Le revocaron la detención preventiva, porque nuestro Código Procesal Penal, en su Artículo 237, dice lo siguiente: El Juez de Garantías podrá ordenar la detención provisional de una persona cuando se proceda por delito que tenga señalada pena mínima de cuatro años de prisión, pero (a mi defendida) solamente se le imputaron cargos por Estafa, tipificado en el artículo 200 del Código Penal, que le da a el delito de Estafa una penalización de 1 a 4 años de prisión, por lo que la detención preventiva de (mi defendida) fue violatoria de lo normado”, dijo el abogado haciendo uso del derecho a réplica que solicitó y donde además, pide se omita la publicación del rostro y el nombre completo de su representada, toda vez que no ha sido condenada, ni se considera culpable de ningún hecho delictivo, siendo cubierta por la Presunción de Inocencia que predica nuestra Carta Magna.
Agregó que “además es un caso convertido en telenovela de bajo presupuesto, donde desfilan supuestas personas afectadas, hasta de otros casos aislados al de la señora, ya que no tiene participación alguna; estrategia utilizada por la abogada de la querella para infringirle presión a los encargados de hacer cumplir las leyes, como es el caso del Fiscal JAMES CABRERA, quien en un reportaje del Ministerio Público por las redes de Instagram, hace mención del caso sin mencionar el nombre de nuestra defendida”.
“En dicho reportaje el funcionario habla de Modus Operandi y describe una situación como cierta, faltando así a la presunción de inocencia, y estamos analizando las faltas graves a la presunción de inocencia, entre otros, cometido por el Ministerio Público en ese reportaje, para posiblemente realizar las recusaciones al Fiscal que realizó las aseveraciones: de ser encontradas violatorias a la norma”, agregó.
“Informamos sobre los vicios de las investigaciones insipientes, que apenas inician (valga la redundancia) y que tienen confundida a la opinión pública. Quiero culminar diciendo que, algunas de las denunciantes llegaron a viajar a Colombia con el plan todo incluido y estando en el país vecino, listas para recibir la cirugía estética anhelada, deciden no realizarse la cirugía, por las publicaciones que la abogada influenciadora y ahora querellante: mantenía en sus redes de Instagram”, señaló el abogado Pinnock Quintero.
“Mi pregunta en ese sentido es: ¿Dónde está la Estafa?, El 100% de las que denuncian a (mi defendida) firmaron contrato y lo notarizaron…, por qué no llaman a los notarios? ¿Por qué el Ministerio Público acepta este tipo de proceso, cuando debió de redimirlo al Juzgado Civil por Incumplimiento de Contrato?”.
“...(mi defendida) es una víctima dentro de este proceso que inició mal y se debe respetar la presunción de inocencia, por lo que no se debe estar publicando su imagen, relacionándola con un delito que no ha sido penalizado en juicio oral”, concluyó Pinnock Quintero.