La ministra de Trabajo Doris Zapata dijo en TVN que se prorrogó la suspensión de los contratos laborales hasta este mes de julio y se va a presentar un proyecto a la Asamblea Nacional para una modificación temporal del Código de Trabajo que permita la extensión de la suspensión de los contratos laborales.
La funcionaria indicó que a la fecha hay 263 mil contratos de trabajo suspendidos.
Zapata indicó que acordaron que en cuanto a la modificación de la jornada laboral lo que se puede negociar no sobrepase el 50% .
La Mesa de Diálogo Tripartita por la Economía y para el Desarrollo Laboral post la covid-19, con el fin de preservar el empleo, la economía y la recuperación económica logró 23 acuerdos, cuyos resultados serán entregados al Presidente de la República, Laurentino Cortizo.
Entre los acuerdos consensuados en la comisión para atender asuntos socio-laborales se acordó la conformación de una mesa tripartita, modificar la Ley de vale de alimentos, establecer nuevos mecanismos para el procesamiento del bono digital, la garantía de mantener los puestos de trabajo.

La comisión de asuntos laborales, económicos y jurídicos para el trabajo y preservación del empleo, estableció la modificación temporal de la jornada y su procedimiento en atención a las reglas contenidas en el artículo 159 del Código de trabajo, la modificación no afectará la rata por hora pactada en el contrato de trabajo vigente, cálculos de prestaciones, indemnizaciones, retorno al puesto de trabajo sin discriminación y la contratación de otros trabajadores durante el estado de suspensión.
PUEDE LEER: Contraloría advierte al gobierno que fiscalizará pagos a los proveedores del Estado
Los trabajadores agrupados en la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CONUSI), se retiraron de la mesa antes de que finalizara el diálogo por diferencias con el sector empleador y el Gobierno Nacional.
Acuerdos Alcanzados en la Mesa Tripartita por la Economía y el Desarrollo Laboral:
Comisión de Asuntos Laborales.
Acuerdo para modificar la ley de vale de alimentos, aumento el monto de incentivo al trabajador y sus beneficios.
Acuerdo para la reglamentación de la Ley de Teletrabajo: El MITRADEL debe conformar una mesa tripartita para la reglamentación de teletrabajo con las observaciones de sector trabajador y empleador.
Perfeccionamiento del sistema de registros de empresas en suspensión y sus trabajadores.
Comisión de Asuntos Laborales, Económicos y Jurídicos para el Trabajo y Preservación del Empleo.
Los empleadores y trabajadores o sus sindicatos podrán convenir en modificar las jornadas de trabajo en atención a las reglas contenidas en el artículo 159 del Código de trabajo.
La rata salarial de los trabajadores será la misma que lo establecido en el contrato vigente
Para el cálculo de las prestaciones laborales e indemnizaciones se consideraran los salarios percibidos antes de la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional.
El acuerdo sobre modificación de jornadas, por ser temporal, tendrá una fecha cierta de inicio y de terminación, el cual no sobrepasará más allá del próximo 31 de diciembre de 2020.
En ningún caso podrá utilizarse la modificación de jornada con fines discriminatorios o como medida de represalia en perjuicio de los trabajadores o sindicalizados.
Durante la vigencia del acuerdo, las empresas podrán hacer contrataciones siempre que las mismas se refieran a posiciones nuevas y para las cuales no se cuenten con personal antes del acuerdo que suscriba.