La no admisión de un recurso de casación presentado por el Ministerio Público contra un fallo del Segundo Tribunal de Justicia que anuló el proceso por presunto peculado en el manejo de dineros para la construcción del proyecto Riego de Tonosí no implica que la investigación esté concluida según informó un comunicado del Órgano Judicial.
La nulidad dictada por el Segundo Tribunal según se informó solo es para todas aquellas diligencias y actuaciones realizadas con posterioridad al 13 de mayo de 2015, dentro de las sumarias, lo que incluyó la Vista Fiscal emitida.
Agrega el comunicado que esto quiere decir que la causa penal no está finalizada, ni desprovista de elementos que permitan continuar con el proceso ,ya que subsisten la Resolución de declaración indagatoria en contra de dos personas y un sumario que consta de 16 mil 545 fojas útiles, que serán examinadas por la fiscalía que deberá emitir la vista correspondiente, conforme a derecho.
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En el comunicado se indica que la Sala Penal no admitió el recurso de casación presentado por la fiscalía porque no procede contra un acto de nulidad, ya que solo se puede admitir el recurso si se hubiese tratado de excepciones de cosa juzgada; prescripción de la acción penal o de la pena; y en los que se decida la aplicación de amnistía o de indulto.
El Segundo Tribunal mediante Auto No. 105 de 10 de julio de 2019, anuló las indagatorias al ministro de Desarrollo Agropecuario Emilio Kiesweter y a Marco Alban, directivo de la empresa Hidalgo & Hidalgo, que estaba a cargo del proyecto, porque la fiscalía las realizó fuera de término.
La investigación inició el 22 de agosto de 2014 y culminó el 13 de mayo de 2015