Los días viernes 3, sábado 4 y domingo 5 de mayo de 2019 está prohibido todo tipo de manifestaciones, mítines, caravanas y actividades relacionadas con el evento electoral del domingo 5 de mayo. Estos días están contemplados en la ley electoral como un periodo de reflexión.
Lo anterior está contenido en el artículo 371 del Código Electoral y el artículo 114 del Decreto 12 de 2018 reglamentario de las elecciones del 5 de mayo de 2019.
El magistrado, Eduardo Valdés Escoffery, coordinador del Plan General de Elecciones (PLAGEL), dijo que en las casas se puede mantener banderas o afiches pequeños, pero toda propaganda o contenido electoral que equivalga a lo que se coloca en una valla que requiere una estructura o una pared grande tiene que ser removida.
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El Magistrado aclaró que las casas o edificios que estén en un rango de 50 metros alrededor de un centro de votación no pueden colocar propaganda electoral aunque sea propiedad privada porque se exponen a una sanción que va de 50 a mil dólares.
Váldés Escoffery indicó que en el caso de los edificios se sanciona a la empresa responsable de la publicidad y al dueño del inmueble.
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El artículo 371 del Código Electoral establece que quedan prohibidas las manifestaciones públicas y toda clase de propaganda política por altavoces y en los medios de comunicación social , desde las doce medianoche del jueves anterior a las elecciones hasta las doce mediodía del día siguiente a estas.
Lo anterior también se aplica a las cuñas, los anuncios o cualquier tipo de publicidad o propaganda electoral, con excepción de los del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral.