Más de un abogado no entiende la razón por la que la magistrada del Tercer Tribunal de Justicia, María Eugenia López Arias, tomó posesión del cargo como magistrada principal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), si su nombramiento es a partir del 1 de enero de 2020.
El Código Administrativo en el artículo 767 indica que la toma de posesión del que sea nombrado para servir un destino obligatorio debe posesionarse el día en que principie el periodo y si se le nombra después de principiado éste, se posesionará a más tardar en los días siguientes al que reciba el oficio en el que se le comunique la elección, en el término de la distancia si la hubiera: a menos que pida permiso, con justa causa, para demorar la posesión.
López es la única magistrada principal nombrada a la que el presidente de la República, Laurentino Cortizo posesionó, los otros magistrados principales Maribel Cornejo y Carlos Vásquez tomarán posesión, cuando deben hacerlo en el mes de enero.
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La magistrada López Arias reemplazará en la Sala Segunda de lo Penal a Jerónimo Mejía, cuyo período venció el 31 de diciembre de 2017.
El abogado Roberto Ruíz Díaz estableció tres supuestos que se pueden dar con lo ocurrido: Se extralimitó el que emitió el decreto entrando en vigencia 2020, otro es que López Arias usurpa el cargo del magistrado Mejía existiendo un nombramiento de reemplazo y la tercera situación es que López Arias, si no entra al cargo lo estaría abandonando.
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En el acto donde el presidente Cortizo posesionó a la magistrada María Eugenia López Arias, también lo hicieron Juan Francisco Castillo, quien será el suplente de la magistrada López Arias; y Carmen Luz de Gracia, como suplente de la magistrada Ángela Ruso en la Sala Civil.
Igualmente, el presidente Cortizo posesionó a Rafael Murgas Torraza, como suplente del magistrado Cecilio Cedalise, en la Sala Contencioso Administrativo; y a Miguel Agustín Espino González, como suplente del magistrado Olmedo Arrocha, en la Sala Primera de lo Civil.
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