La Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud (Minsa), modificó el artículo 1 de la Resolución No 187 de 17 de marzo de 2020, que autoriza la importación de productos de higiene sin registro sanitario, para exceptuar al gel alcoholado.
Las autoridades de salud dispusieron suspender la autorización con excepción al registro sanitario del gel alcoholado dada las alertas internacionales por la presencia de metanol en los geles alcoholados, productos que son necesarios para la higiene durante la pandemia de la covid-19.
En la Resolución No 569 de 13 de julio de 2020, publicada en la Gaceta Oficial No 29075 de 23 de julio de 2020, se ordena la presentación del certificado de negatividad de metanol al gel alcoholado por parte de las empresas.
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Además el MINSA insta a todos los representantes legales y regentes de los establecimientos farmacéuticos autorizados a cumplir con esta disposición y presentar el dictamen de análisis a más tardar el 30 de julio de 2020.
Se advierte que pasado este tiempo se aplicaran las sanciones correspondientes a las Agencias Distribuidoras que incumplan esta disposición.
La Resolución No 569 de 13 de julio de 2020 solo modifica el artículo primero de la Resolución No 187 de 17 de marzo de 2020, el resto del contenido de la misma se mantiene vigente.