El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral hace de conocimiento público la nueva normativa laboral establecida ante los efectos causados por la Pandemia de la covid-19 en las relaciones laborales, afectando la productividad de las empresas.
Las normas dispuestas en el Decreto Ejecutivo, publicado en Gaceta Oficial y que adjuntamos, buscan promover la paz y la cordialidad en las relaciones de trabajo, respetando los derechos de trabajadores y la estabilidad de las empresas, de acuerdo a la situación económica y sanitaria del país.
La nueva normativa laboral, vigente desde el 1 de enero de 2021 establece porcentajes específicos para el reintegro gradual de los trabajadores desde el 1 de enero de 2021, retomando sus funciones en las empresas y se establecen otras disposiciones que fueron ampliamente consultadas por los actores de la situación laboral del país, entre ellos gremios de trabajadores, empresarios y expertos que ofrecieron las proyecciones económicas para fundamentar las nuevas reglas.

Doris Zapata, ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral informó que espera que haya ambientes de diálogos cordiales y comprensivo en las relaciones laborales en donde ambas partes puedan llegar a acuerdos que protejan a las empresas y los puestos de trabajo. “Es el momento de que la salud y la economía busquen un punto en común para que el país y la gente superen esta realidad tan difícil”, afirmó.
Zapata dijo que en el proceso de reactivación tendrán prioridad los trabajadores que tengan más tiempo de estar suspendido, las mujeres con fuero de maternidad, los directivos y representantes sindicales. Todos deben ser reintegrados el primer mes de la reactivación de la empresa del año 2021.
Por medio de consultas entre sindicales y empresarios se concluyó en la necesidad de que los trabajadores que permanecen suspendidos en las empresas con autorización para operar deben iniciar el proceso de reactivación de forma gradual durante el primer semestre del 2021, dijo la ministra.

El sector primario reintegrará un 50% en el primer mes, el sector secundario un 20% de los suspendidos, los terciarios el 25% de los trabajadores suspendidos el primer mes. Las pequeñas empresa y turismo tiene disposiciones especiales para el reintegro de sus trabajadores.
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Los sindicatos de trabajadores estarán atentos a que los empresarios respeten el derecho de los trabajadores.
Para uso informativo y docente, deseamos compartir un vídeo que plasma la interpretación oficial de este Decreto Ejecutivo por parte de Raúl Jordán, Asesor del Despacho Superior del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Para descargar el vídeo por favor hacer click aquí https://wetransfer.com/downloads/99403b5d4b46cc1420093bfe0769c77720201210212931/a98b14cf057ecc798960a59739a6c44f20201210212958/d9d61f