El Ministerio de Salud (Minsa) emitió el Decreto N° 1360 de 25 de noviembre de 2020 en el que establece medidas para el retorno al trabajo de las personas vulnerables al contagio por la covid-19 y dicta otras disposiciones.
El decreto firmado por el presidente Laurentino Cortizo y el ministro de Salud Luis Francisco Sucre autoriza el retorno a los puestos de trabajo, de manera presencial, de hasta el 100% de los trabajadores que laboran en el sector privado. El empleador asegurará el distanciamiento físico de dos metros entre los trabajadores.
Se añade que de no poder cumplir con el distanciamiento físico de dos metros entre trabajadores, sean del sector público o privado, se establecen como medidas de protección adicional,, más no limitado a estas, las siguientes: Uso de mamparas divisorias de material plástico o acrílico entre los puestos de trabajo, además de las mascarillas, el uso de protectores faciales plásticos (caretas).
Cada empresa o institución podrá incorporar medidas adicionales a las establecidas en los protocolos expedidos por las autoridades competentes y que considere prudentes para reforzar las medidas de protección y seguridad de sus trabajadores, clientes y usuarios.
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El proceso de retorno se realizará de manera responsable, individualizando cada caso , a fin de definir los riesgos y las condiciones ambientales básicas que deben cumplir los espacios laborales, para minimizar el riesgo de contagio de este grupo poblacional.
También se establece que los trabajadores del sector privado mayores de 60 años o más, lo que padezcan de enfermedades crónicas o degenerativa y las embarazadas que no estén haciendo uso de la licencia de maternidad retornaran a sus puestos de trabajo bajo las condiciones y modalidad acordad entre las partes, cumpliendo con las medidas de bioseguridad como son: el uso de mascarilla , lavado frecuente de manos, distanciamiento físico y otros señalados por la autoridad sanitaria para la población ene estado de vulnerabilidad por la covid-19.
Igual los servidores del sector público mayores de 60 años o más, lo que padezcan de enfermedades crónicas o degenerativa y las embarazadas retornaran cumpliendo las medidas de bioseguridad. Una vez reintegrados laboraran la jornada completa. De manera excepcional y previo estudio de cada caso, estos podrán laborar en cualquiera de las siguientes modalidades según lo determine la entidad, de manera presencial en la institución, bajo la modalidad de trabajo a disposición, de manera combinada entre la modalidad presencial y trabajo a disposición.