Este lunes 13 de julio, la ministra de Trabajo, Doris Zapata Acevedo presentará a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley que establece medidas temporales de protección del empleo.
La medida de ser aprobada por los diputados solo será aplicable únicamente en las empresas que cerraron, total o parcialmente sus operaciones, desde el inicio del Estado de Emergencia Nacional por la covid-19 y que fueron consideradas en la Mesa Tripartita Económico Laboral.
En los temas abordados en el proyecto se encuentran: Fortalecer el fuero de maternidad; definir la segunda y tercera partida del décimo tercer mes del año 2020; controlar los mutuo acuerdos mediante su validación y registro; entre otros puntos que fueron estimados durante el diálogo tripartito.
Una vez presentada la propuesta y asignada a la Comisión Salud, Trabajo y Desarrollo Social, se iniciará el periodo de consultas públicas, donde los interesados en aportar podrán emitir sus planteamientos para el debate de los diputados.
Se trata de una norma de carácter temporal, hasta el 31 de diciembre de 2020 y que solo aplicará a las empresas donde las condiciones laborales se hayan visto afectadas por la pandemia.
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El Código de Trabajo seguirá vigente como base para el desarrollo jurídico de las relaciones laborales de las empresas en el país.
Durante la exposición de este proyecto de Ley en el Consejo de Gabinete, el pasado martes 7 de julio, la ministra de Trabajo manifestó que los objetivos detrás de la iniciativa van encaminados a la creación de una norma protectora del empleo, que se traduzca en estabilidad laboral y seguridad jurídica para trabajadores y empresas.
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Mientras el gobierno se propone tomar medidas legales, Convergencia Sindical advirtió que los acuerdos de reducción de la jornada por razón de la crisis, solo podrán llegar hasta el 31 de diciembre de 2020.
Agregan que las empresas que mantengan contratos suspendidos o jornadas reducidas no deben contratar nuevos trabajadores para los mismos puestos.
Añaden que el cálculo de las prestaciones laborales en el caso de los despidos, se haga con base en los salarios de antes de la pandemia, es decir de marzo hacia atrás.