La justicia panameña está a punto de hacer una de las suyas nuevamente, esta vez en uno de los casos de más alto perfil de los últimos años.
Y es que dentro de pocos días la Corte Suprema de Justicia (CSJ) podría echar por el suelo el proceso seguido al expresidente Ricardo Martinelli, actualmente procesado por el denominado caso de los pinchazos telefónicos.
Mi Diario tuvo acceso al “nuevo proyecto enriquecido” de fallo en el que el magistrado Cecilio Cedalise, actuando como ponente, declara inconstitucional la decisión adoptada por el entonces magistrado-juez de garantías Jerónimo Mejía, del 4 de julio del 2018, en la cual negó la nulidad formulada como alegación previa por falta de imputación a Martinelli, como lo solicitaron los abogados del acusado.
El proyecto fallo de Cedalise, que aún no ha sido discutido por el pleno y que es el segundo que elabora en este sentido, tumbaría todo lo actuado en el proceso seguido a Martinelli, incluyendo el actual juicio por los pinchazos telefónicos, donde se le procesa por la presunta comisión de los delitos de interceptación de llamadas telefónicas y de seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial.¿Fallo elaborado por la defensa?
El documento de 50 páginas se sustenta en que lo actuado por Mejía, en su calidad de juez de garantías, violentó el artículo 32 de la Constitución de Panamá, al iniciar un proceso de acusación formal contra Martinelli, en ese momento diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), sin que se le hubieran imputado cargos. Buena parte del documento explaya las consideraciones jurídicas del equipo legal de Martinelli que solicita se declare la inconstitucionalidad de lo actuado. Entre ellas están las de los abogados Carlos Carrillo, Alejandro Pérez, Alma Cortés, Niurka Palacios, Roniel Ortiz y Luis Eduardo Camacho.
En menor grado está la posición jurídica de la Procuraduría de la Nación, la que expone que no es inconstitucional lo actuado por Mejía, basado en la existencia de procesos especiales “en razón de las partes que sean investigadas y juzgadas”.Le quieren tirar la toalla
Al hacer sus consideraciones, Cedalise se apoya en la violación del debido proceso en el caso de la imputación a Martinelli y en las consideraciones que la norma establece para el procesamiento de un diputado de la Asamblea Nacional o del Parlacen. Todo lo anterior, a pesar de que en el juicio seguido a Martinelli en la Corte, antes de que renunciara a su fuero como diputado del Parlacen, este aspecto había quedado subsanado por una mayoría del pleno.
Mi Diario consultó a un magistrado de la CSJ y confirmó que el nuevo proyecto de inconstitucionalidad de Cedalise todavía no ha sido agendado, aunque reconoció haber oído de una solicitud para convocar a un pleno extraordinario donde el expediente sería presentado para su análisis.
Se conoció que hasta la fecha, y además del ponente, los magistrados que estarían a favor de declarar inconstitucional lo actuado por el juez de garantías Mejía son Luis Ramón Fábrega y Hernán De León, ambos designados a los cargos que ocupan -y que dejan el 31 de diciembre próximo- por el entonces presidente Ricardo Martinelli.
Fábrega llegó a la Corte cuando su hermana era ministra de la Presidencia.
A De León se le recuerda por el tristemente célebre episodio donde, de acuerdo con la exprocuradora Kenia Porcell, confesó que Martinelli lo había pinchado. Aunque recientemente volvió a negar que haya hecho esa confesión.Reconoce fallo en camino
Este fin de semana, y luego de que a través de redes sociales se filtrara la existencia del fallo que favorecería a Martinelli -si es aprobado por el pleno- el exmandatario tuiteó que “la independencia judicial está nuevamente a prueba. Saquen sus sucias manos políticas de la justicia”. “...Espero y confío que los magistrados de la Corte Suprema rechacen las presiones que seguramente recibirán de MEL (sic), quienes le han hecho un grave daño a la justicia”, se lee en otro tuit.
DATOS
La invocación de la acusación sin imputación no es algo nuevo:La Corte ha dicho que la acusación sin imputación no viola el debido proceso.Particularmente, en el fallo del 29 de enero de 2018 el pleno de la Corte entendió lo que los diputados, padres de la Ley 55 de 2012, querían: que la admisión de una denuncia o querella contra un diputado por parte del pleno de la Corte sea igual a la imputación.