El juez Décimo Quinto de Circuito Penal de Panamá, Leslie Alberto Loaiza, mediante Auto defianza N°1 de fecha 13 de febrero de 2020, no admitió la solicitud de fianza de excarcelación formulada, a favor de Adolfo “Chichi” de Obarrio.
A Obarrio se le vincula con el supuesto delito contra la administración pública (peculado, corrupción y fraude en contrataciones públicas), en perjuicio del Programa de Ayuda Nacional (PAN).
El auto destaca que no es obligatorio otorgar el beneficio de fianza de excarcelación, ya que al momento de decidir si se admite o no debe valorarse la situación jurídico-penal del imputado, en este caso el mismo ha sido prófugo de la justicia, ya que en el Ministerio Público ni en este Tribunal ha comparecido a afrontar el proceso”.
Loaiza decretó, mediante Auto N°1 de 19 de febrero de 2019, la rebeldía del imputado. También señala que mantiene otros procesos en este tribunal, en los cuales no a hecho frente.
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