Si alguna vez te has preguntado si la propina en bares, restaurantes o cafeterías es obligatoria, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) respondió con un rotundo “no”. Según el artículo 56 de la Ley 45 de 2007, y reforzado en 2016 con la Ley 34, esa gratificación es voluntaria y depende totalmente de lo que el cliente quiera dar.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reitera que “la propina o gratificación por el servicio prestado es voluntaria”, en otras palabras, no es obligatoria para el consumidor.
— Inversiones&Negocios (@revinvneg) January 24, 2025
Así lo establece la Ley 45 de 2007, artículo 56, que menciona… pic.twitter.com/RG95hz4fpd
De acuerdo con Jaime Guzmán, jefe del Departamento de Investigación de la Acodeco, durante 2024 se presentaron 14 quejas relacionadas con propinas. El problema principal surge cuando los establecimientos incluyen automáticamente la propina en la factura, sin distinguirla del consumo total. “El comercio puede sugerir un monto, a veces entre un 10% y un 30%, pero el cliente no está obligado a pagarlo”, puntualizó Guzmán.
El monto que decidas dejar como propina debe basarse en la atención, la rapidez y la calidad del servicio recibido. Si detectas que te están cobrando una propina de manera obligatoria, puedes presentar tu denuncia a la Acodeco a través del Sistema de Información y Denuncia Institucional (Sindi) o por WhatsApp y Telegram al 6330-3333. También está disponible la opción de denuncias en el sitio web y redes sociales de la entidad. Se recomienda conservar y adjuntar una foto o copia de la factura para cualquier reclamo.