La industria de la construcción, al igual que otras actividades económicas esta paralizada por la emergencia nacional por el coronavirus.
La medida se dispone en el Decreto Ejecutivo No 506 de 24 de marzo de 2020 firmado por el presidente de la República Laurentino Cortizo y la ministra de Salud, Rosario Turner luego que la Cámara Panameña de la Construcción lograra un acuerdo con el Sindico Único de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs), para buscar formulas que contribuyan a asegurar el éxito de las medidas de control de la movilidad ciudadana divulgadas a través del Plan Protégete Panamá.
PUEDE LEER: Ley seca y alar una vez la cadena, enciende las redes en la cuarentena, cero ‘guaro’
El citado decreto exceptúa a aquellos proyectos que de manera expresa disponga la autoridad sanitaria. Para los fines de esta suspensión temporal se entiende incluida la fabricación, distribución y despacho de concreto, cemento y sus derivados, lo mismo que las canteras.
La suspensión temporal ordenada por el Órgano Ejecutivo tiene una duración de 30 días, además se faculta al Ministerio de Salud para que autorice mediante resolución ministerial la reactivación de la operación, actividad y movilización de empresas especificas que desarrollen proyectos y presten servicio a alguna institución publica, cuya suspensión temporal obedezca a decretos ejecutivos en razón del estado de emergencia nacional.