A casi la mitad de las mujeres en 57 países en desarrollo se les niega el derecho a decidir si desean tener relaciones sexuales con sus parejas, usar anticoncepción o buscar atención de la salud, de acuerdo con el informe del Estado de la Población Mundial 2021 del UNFPA publicado recientemente.
Las vulneraciones incluyen la violación, la esterilización forzada, las pruebas de virginidad, la mutilación genital femenina, entre otras.
La falta de autonomía corporal tiene implicaciones más allá de los grandes perjuicios para las mujeres y las niñas en lo individual: una potencial depresión de su productividad económica, el menoscabo de sus habilidades, y los costos adicionales resultantes para los sistemas judiciales y de atención de la salud según el informe.
“El hecho de que casi la mitad de las mujeres aún no puedan tomar decisiones acerca de si desean o no tener relaciones sexuales, usar anticoncepción o buscar servicios de salud debería indignarnos a todos”, afirma la directora Ejecutiva del UNFPA, Natalia Kanem.
Agrega que “La negación de la autonomía corporal es una violación de los derechos humanos fundamentales de las mujeres y las niñas que refuerza las inequidades y perpetúa la violencia derivada de la discriminación por razón de género”.
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Hay una parte del informe que se refiere a las leyes que empoderan y a las leyes que controlan, de acuerdo al informe la Organización Mundial de la Salud ha instado a los gobiernos a que establezcan marcos legislativos y normativos que mejoren el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva y supriman las restricciones innecesarias que impiden que las mujeres disfruten de su derecho a la autonomía corporal (OMS, 2004).
Puntualiza que las leyes de algunos países todavía establecen que las mujeres casadas deben obedecer a su marido, aún están lejos de considerar la violencia doméstica como un delito, siguen concediendo más derechos a los hombres en caso de divorcio, y todavía no penalizan la violencia dentro de las relaciones de pareja. Más de 30 países restringen el derecho de las mujeres a desplazarse fuera del hogar (Banco Mundial, 2020).
En Panamá un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), sobre la meternidad resolvió que es un aspecto que impide colocar “en situación de igualdad a los hombres y las mujeres”, lo que generó un amplio rechazo por discriminatorio.
El fallo resuelve una demanda de inconstitucionalidad presentada en el año 2015 por la abogada Haydée Méndez contra los artículos 3 y 4 de la Ley 7 de 2013 “Que establece el marco regulatorio para la esterilización femenina”.
Los dos artículos demandados condicionan a que las mujeres solo pueden acceder a la esterilización quirúrgica en el sector público de salud si tienen 23 años o más, dos hijos y una recomendación médica.
En cambio la ley establece que los hombres de 18 años o más podrán solicitar en el sistema público la esterilización sin ninguna condición.
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En el fallo cuestionado por discriminatorio los magistrados indican que en la norma demandada no se percibe “alguna intromisión o limitación en la autonomía sexual” porque “no le prohíben acceder a la esterilización”, solo se “regula” la forma en que el servicio será ofrecido por el Estado.
El informe de la UNFPA indica que como punto de partida fundamental para la acción, es fundamental determinar si los marcos legales nacionales afectan a la autonomía corporal, cuáles la promueven y en qué países podría ser necesaria una reforma legislativa.