El Primer Tribunal Superior de Justicia revocó la sentencia de la Juez Decimotercera Civil de Panamá Melina Robinson, dentro del proceso ordinario propuesto por la Sociedad Transcaribe Trading S.A y los hermanos David Marco Ochy Diez y Daniel Miguel Ochy Diez contra las Sociedades Corporación La Prensa y Editorial por la Democracia S.A.
La Sociedad Transcaribe Trading S.A y los hermanos Ochy Diez presentaron una demanda en la que reclamaban a Corporación La Prensa y Editorial por la Democracia S.A., la suma de 6 millones de dólares en concepto de daños materiales y morales mediante dos publicaciones.
En el fallo firmado por los magistrados Nelson Ruíz, Carlos Trujillo y Olga Rujano De León, el tribunal consideró que si bien la obligación reclamada se origina por publicaciones en los medios periodísticos, no menos cierto es que se requiere, además de que las aludidas notas tengan un contenido falso, temerario, injurioso o denigrante que infrinja una lesión al derecho al honor y reputación de los demandantes.
En la sentencia los magistrados señalan que no puede configurarse el hecho, pues la parte actora no demostró que las noticias publicadas que hacían referencia a contrataciones públicas y actos adjudicados fueran falsas e inexactas y que las mismas se hacían con el ánimo de perjudicarlos o dañarlos, esto no lo pudieron demostrar.
La Sociedad Transcaribe Trading S.A se benefició con millonarios contratos durante el gobierno del ex presidente Ricardo Martineli.
Los magistrados sostienen que los medios periodísticos gozan de mayor libertad informativa tratándose de noticias relacionadas con funcionarios o fondos públicos.
También el tribunal indica que los medios de comunicación demandados se comportaron de forma diligente en la elaboración de los textos periodísticos publicados, cumpliendo así con el deber en la búsqueda de la verdad que le impone el Código de Ética del periodista en Panamá.
En el fallo se estima que el derecho a la libertad de información y de prensa que les asiste a las sociedades demandadas, justifica la insatisfacción del derecho al honor e imagen que le asiste a los demandantes.
El tribunal concluye que las partes demandadas no faltaron a su deber como medios de comunicación masivos de verificar la información que iba a ser divulgada.
En la parte resolutiva el tribunal declara probada la excepción de inexistencia de la obligación propuesta por la parte demandada, porque no se configuró el delito, además absuelve a Corporación La Prensa y a Editorial Por la Democracia de las pretensiones de la demanda y niega las pretensiones de David Marco Ochy Diez y Daniel Miguel Ochy Diez, así mismo exime a los demandantes del pago de costas en favor de Corporación La Prensa y a Editorial Por la Democracia, siendo tan solo de su estricto cuidado, los gastos del proceso que serán liquidados por la Secretaría del Juzgado de Origen.
FALLO DE 2015
En una sentencia de 25 de noviembre de 2015, la jueza Decimotercera Civil de Panamá Melina Robinson declaró parcialmente probada la pretensión de los hermanos Ochy Diez contra Corporación La Prensa y Editorial por la Democracia S.A. y las condena a pagar la suma de 600 mil dólares en concepto de daño moral por publicaciones del 31 de julio 1 y 2 de agosto de 2012 en la primera plana del diario La Prensa y en la sección de Economía Negocio.
PUEDE LEER: Minsa habilita el Figali con 160 camas para pacientes de covid-19. Video
El Juzgado ordenó a Corporación La Prensa y a Editorial Por la Democracia a publicar en un diario de circulación nacional, la resolución que contenía la sentencia.
Y condenó a Corporación La Prensa y a Editorial por la Democracia a pagar 60 mil dólares en costas a los hermanos Ochy Diez.
El abogado José María Castillo es el apoderado judicial Sociedad Transcaribe Trading S.A y de los hermanos David Marco Ochy Diez y Daniel Miguel Ochy Diez.
Castillo es el mismo abogado de la demanda presentada por el expresidente Ernesto Pérez Balladares contra Corporación La Prensa S.A por dos publicaciones de marzo de 2012, por esta causa la juez Decimoquinta Civil Lina Castro De León ordenó el secuestro de las cuentas y otros bienes, lo que mantiene en una situación difícil a los periódicos Mí Diario y La Prensa, poniendo en peligro con ello la libertad de expresión y el derecho a la información.