Mediante el Decreto 33 de 24 de junio de 2022 el Tribunal Electoral (TE) modificó el Decreto 29 de 30 de mayo de 2022, que convoca a la Elección General del 5 de mayo de 2024 y aprueba su reglamentación, con el cambió se estableció que del sábado 1 al 31 de julio de 2023 es el periodo que tienen los precandidatos por libre postulación para completar sus nóminas, designando al vicepresidente, vicealcalde y suplentes para los demás cargos de elección; salvo que al momento de solicitar el reconocimiento lo hayan designado ante el TE.
En el Decreto 29 de 30 de mayo de 2022, se exceptuaba a la nómina presidencial, lo que fue eliminado al contradecir el artículo 366 del Código Electoral.
Este mismo periodo tienen los partidos políticos para escoger sus candidatos a cargos de elección popular a través de eventos partidarios distintos a las primarias.
Ahora la solicitud de reconocimiento como precandidadato puede ser impugnada, en la Dirección Regional de Organización Electoral, quien la remitirá de inmediato al Juzgado Administrativo Electoral de turno.
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Entre los métodos de recolección de firmas que estarán disponibles desde el 15 de agosto de 2022 y hasta el mediodía del 31 de julio de 2023, están los dispositivos móviles suministrados por los precandidatos que utilizarán una aplicación con validación biométrica desarrollada por el TE, la cual funcionará los siete días de la semana, de 6:00 a.m a 10:00 p.m. Estos dispositivos solo podrán ser utilizados por los activistas acreditados ante el TE.
La aplicación que se instalará en cada dispositivo móvil permitirá que los activistas que los usan puedan recoger firmas solo para beneficio de los precandidatos que los acreditaron, siempre que sea para diferentes cargos de elección, pudiendo los precandidatos, a este efecto, compartir uno o varios dispositivos móviles.
En cuanto a las limitaciones del activista, el decreto indica que solo podrá ser activista de un precandidato a un solo cargo de elección.
Sobre la publicación de la cantidad de firmas de respaldo de los precandidatos y la resolución de reconocimiento se indica que concluido el periodo de recolección de firmas al mediodía del 31 de julio de 2023, la Dirección Nacional de Organización Electoral emitirá una resolución que se publicará en el Boletín Electoral especial ese mismo día, con la cantidad de firmas obtenidas por cada una de las nóminas, de los precandidatos según el cargo y circunscripción respectiva y las tres nóminas que más firmas tengan quedarán reconocidas como postuladas para la elección general, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 365 del Código Electoral.
Dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución, se podrá promover la impugnación indicada en el numeral 1 del artículo 55 de este Decreto.
En cuanto a la suspensión de la propaganda electoral se señala que si se trata de propaganda a través de artículos promocionales u otros que puedan utilizarse para la promoción de un aspirante, precandidato, candidato o partido político, es competencia la tiene el Pleno del TE.