La industria de la construcción se mantiene paralizada temporalmente, esto luego que mediante el Decreto Ejecutivo No 637 de 25 de mayo de 2020, firmado por el presidente de la República Laurentino Cortizo se prorroga por el término de 15 días calendario la actividad, en los mismos términos expresados en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No 506 de 24 de marzo de 2020.
En el articulo 2 del Decreto Ejecutivo No 637 publicado en la Gaceta Oficial se indica que en el término de la suspensión el Ministerio de Salud (Minsa), podrá mediante resolución ordenar la reactivación de la operación, actividad y movilidad de empresas que desarrollen proyectos y presten servicio a alguna institución pública, cuya suspensión temporal de las actividades, obedezca a ordenes dictadas por el Órgano Ejecutivo en sus distintos decretos, en razón del Estado de Emergencia Nacional.
La Cámara Panameña de la Construcción (Capac), adelanta algunas acciones para favorecer el reinicio efectivo de las obras en construcción, principalmente en el caso de obras públicas, para lo cual ha sugerido a los representantes de las entidades contratantes, además de la revisión de algunas cuentas, modificar mediante adenda los términos de algunos contratos de obras para ajustar los programas de ejecución, plazos de cumplimiento, vigencia de las fianzas y otras consideraciones económicas producto del desplazamiento de los términos de ejecución de los contratos.
Con el Ministerio de Trabajo (Mitradel), la Capac revisa las normas de inspección para cuando se de el reinicio de la construcción.
Se analiza un procedimiento para la entrada parcial de los trabajadores según la necesidad de la obra y la creación del Comité de Salud e Higiene de las empresas y notificación al Mitradel de su creación.
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También la situación de los trabajadores que no se hayan incorporado a las obras, en cuyo caso se mantendrá la figura de contrato suspendido, según se establece en el Decreto del 15 de mayo de 2020.
Además se usará un formato elaborado por el Mitradel como guía de cumplimiento de las medidas de seguridad, supervisadas por el Comité de Salud e Higiene de las empresas.