En un nuevo intento por acabar con el blindaje que otorga el fuero pernal electoral a ciertos individuos, la bancada independiente de la Asamblea Nacional (AN), presentó un anteproyecto de ley que busca eliminar el mecanismo de protección que a juicio de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no es inconstitucional y tampoco puede concebirse como una fuente de privilegios de los individuos por su condición de funcionario electoral.
El diputado independiente Gabriel Silva al presentar el anteproyecto en el pleno legislativo expresó que el fuero penal hoy protege a delincuentes, no tiene sentido de ser y lo que hace es debilitar el sistema democrático al ser mal utilizando.
Silva indicó que hoy personas aspiran supuestamente a cargos de elección popular, pero en verdad lo que buscan es dilatar sus procesos judiciales porque son delincuentes y se aprovechan del sistema, inclusive organizaciones políticas juegan con las fechas y sus torneos electorales no porque sea conveniente una fecha o la otra, sino es para acogerse al fuero penal electoral.
PUEDE LEER: Los Magistrados de la Corte nunca se han atrevido a condenar a un Diputado
Agregó que la Comisión Nacional de Reformas Electorales aprobó derogarlo, pero al llegar a la Comisión de Gobierno se desiso y ahora se vuelve a presentar porque se acercan las elecciones de 2024 y se va a ver como muchas personas aspiran no porque quieran participar, es para protegerse con el fuero que dilata procesos y en muchas ocasiones terminan libres, por lo que esto hay que acabarlo.
El más reciente caso donde salió a relucir el fuero penal electoral, es en la causa conocida como New Business, que tiene que ver con la compra de la Editora Panamá América S.A, supuestamente con dinero público, en este proceso la juez Tercera Liquidadora de Causas Penales, Baloísa Marquínez Morán, suspendió el trámite dentro de la presente causa al expresidente Ricardo Martinelli, protegido con fuero porque su partido Realizando Metas se encuentra en un proceso electoral interno.
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada en 2017 por el Ministerio Público, profirió la sentencia de 10 de agosto de 2020, donde declara que no es inconstitucional la palabra “investigados”, contenida en el artículo 259 del Texto Único del Código Electoral de Panamá, por no ser dicha palabra infractora de la Constitución Política.
La CSJ en ese fallo sostiene que si la ley confiere ciertos fueros o prerrogativas a determinada categoría de ciudadanos, o de servidores públicos o de trabajadores, ellos no son inconstitucionales porque han sido otorgados en atención a la condición temporal que logran adquirir en un momento determinado.
El fallo precisó que el fuero penal electoral no fue diseñado, ni mucho menos puede concebirse como una fuente de privilegios de los individuos por su condición de funcionario electoral, miembro de las corporaciones electorales o delegado de un partido legalmente constituido, sea detenido, arrestado o procesado en materia criminal, policiva o administrativa; sino como una protección a la función que dichos ciudadanos llevan a cabo, es decir, para proteger la democracia nacional.