Con motivo de las fiestas patrias, el Gobierno Nacional promulgó este lunes, en Gaceta Oficial, el Decreto Ejecutivo 28 en el que ordena el cierre de todas las oficinas públicas y municipales en todo Panamá, desde la 1:00 p.m. del miércoles 2 de noviembre cuando se conmemora en el país el Día de los Difuntos.
En el decreto, el Gobierno declara el 2 de noviembre como día cívico nacional dedicado a los difuntos y establece también que la bandera nacional sea enarbolada a media asta durante todo el día.
En tanto, también en Gaceta Oficial promulgó el Decreto Ejecutivo 29 firmado por el presidente Laurentino Cortizo, en el que declara feriado el día 4 de noviembre y ordena el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales con motivos del Día de los Símbolos de la Nación.
Para ambos decretos se aclara que se exceptúan aquellas oficinas que por la naturaleza del servicio que prestan deban seguir funcionando, como el IDAAN, instituciones de salud, los bomberos, Sinaproc, estamentos de la Fuerza Pública, el Metro de Panamá, Transporte Masivo de Panamá y Servicio Nacional de Migración, entre otros.
Además, aquellas dependencias que, por la naturaleza de sus servicios deban laborar de manera ininterrumpida, se podrán acoger a los esquemas, procedimientos o normativas legales que tengan dispuesto para tales fines.
Las autoridades del Ministerio de Trabajo previamente han explicado sobre la forma de pago, lo siguiente:
Miércoles 2 de noviembre. Es un día normal de trabajo, sin recargos.
Jueves 3 de noviembre es día de fiesta nacional, por la separación de Panamá de Colombia. Es un día libre de descanso obligatorio. Si se trabaja lo pagan con recargos.
Viernes, 4 de noviembre, es el día de los Símbolos Patrios, declarado feriado para las oficinas públicas. Para la empresa privada, es un día normal de trabajo, sin recargos. Algunas empresas privadas han coordinado con sus trabajadores para otorgarlo como día puente, ajustando sus horarios para que lo puedan tomar libre y reponer las horas oportunamente. Sin embargo, no es un día de descanso obligatorio.
El sábado 5 de noviembre, es el día de la salida de las últimas tropas Colombianas atracadas en Colón. Se considera la Gesta de Consolidación de la Separación de Panamá de Colombia. Es un día libre de descanso obligatorio. Si se trabaja lo pagan con recargos.
Jueves 10 de noviembre:
Es la celebración del Primer Grito de Independencia de Panamá de España en la Villa de Los Santos. Es un día de descanso obligatorio. Si se trabaja lo pagan con recargos.
Lunes 28 de noviembre:
Día de la Independencia de Panamá de España. Es un día de descanso obligatorio. Si se trabaja lo pagan con recargos.
Si el trabajador labora durante los días de fiesta nacional o descanso obligatorio tiene derecho a un recargo de 150% sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo.
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