Hasta el 30 de junio de 2019 tienen los contribuyentes para beneficiarse de la moratoria para el pago de los recargos e intereses causados al impuesto de inmuebles, e intereses por las obligaciones de las cuotas del Seguro Social para las personas naturales contribuyentes, trabajadores que reciben salarios y honorarios informó la Dirección General de Ingresos (DGI).
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La DGI reiteró que el trámite para la cancelación de saldos morosos y corrientes del impuesto de inmuebles en línea, deberá realizarse utilizando el sistema informático tributario e-Tax 2.0.; en el enlace web dgi.mef.gob.pa; seguidamente DGI en línea, ingresar número de finca y el Número de Identificación Tributaria (NIT) y luego en la pestaña Moratoria, Acogimiento de Moratoria Inmueble 2019. En el sistema se mostrará los saldos a cancelar para las fincas que se acojan al beneficio de la nueva moratoria.
Los contribuyentes deberán realizar el pago de los saldos morosos, en los bancos autorizados (Banco Nacional de Panamá y la Caja de Ahorros, entre otros), a través de las tarjetas de débito, crédito, cheques, y por medio de la banca en línea de las instituciones bancarias previamente aprobadas por la DGI.
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Igualmente, tienen hasta el próximo 30 de junio para realizar un arreglo de pago de hasta un plazo máximo de dos años para cancelación del impuesto de inmuebles que se cause producto de las actualizaciones que se realicen dentro del período de moratoria, sin la exigencia de recargos e intereses.
La DGI exhorta a los contribuyentes a actualizar sus datos en el sistema informático tributario e-Tax 2.0 y a obtener su NIT para acceder a su cuenta, acogerse a la moratoria y hacer trámites de pagos de impuestos en línea, entre otros beneficios.
Más información en el enlace web:dgi.mef.gob.pa en la cuenta de twitter de la institución: @DGI_Panama.