La Juez Cuarta Electoral Raquel Núñez desestimó la noche de este domingo, las demandas de impugnación en el Circutio 8-7 presentadas por los candidatos Carlos González del Partido Panameñista; Carla García del PRD y Jair Martínez de Cambio Democrático.
En su lugar, mantuvo las proclamaciones hechas por la Junta de Escrutinio a Gabriel Silva de la Libre Postulación, Crispiano Adames por el PRD, Corina Cano del Molirena, Héctor Brands del PRD y Sergio Gálvez de Cambio Democrático.
La Fiscalía Electoral solicitó a la juez que ante la carencia de elementos de convicción que lograran acreditar las situaciones que habían señalado los impugnantes, se desestimara las pretensiones de la impugnación y que se respetara la voluntad de los electores expresadas el 5 de mayo.
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También la juez ordenó la entrega de las credenciales a los que fueron proclamados por la Junta de Escrutinio en este controversial circuito electoral.
Se explicó en medio de la audiencia que lo que sucedió es que el PRD y el Molirena, decidieron que Crispiano Adames y Corina Cano serían los que se beneficiarían del residuo, cuya adjudicación fue al final lo que mantuvo la polémica.
Es decir, que la mancuerna entre el PRD y el Molirena deja por fuera a Carla García, como beneficiaria del residuo, por ende cuando se hacen las adjudicaciones por residuos solo consideran a Adames y Cano. Por eso es que al final Carla García no recibe ese beneficio.
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En cuanto al cociente que lo tiene Héctor Brands y Sergio Gálvez, y el medio cociente que lo obtuvo Gabriel Silva, no hubo ningún problema. De hecho, ninguno de los impugnantes hizo alusión a eso, reconocieron que esas candidaturas no tenían objeción.
También la juez determinó que si bien hubo algunas incidencias y de hecho se reconoce que en algunas actas hubo inconsistencias, ella valoró el trabajo que hizo la Junta Circuital al hacer las observaciones y poner las incidencias de las inconsistencias, tratando de subsanarlo con lo que tenían a mano que era un decreto de 1994 que fue el que aplicaron para poder hacer las correcciones y hacer las proclamaciones como tenían que hacerse.
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Consideró además que las incidencias de las actas que fueron alrededor de 32, pero que solo atacaron 18 , que fueron las que objetaron realmente, cuando se pone en balanza con las 331 actas que constituyen todo el circuito, eso no tendría mayor incidencia en los resultados finales. Por eso desestimó las impugnaciones y admitió las proclamaciones que hizo la Junta Circuital del 8-7-
Para impugnar en las elecciones de diputados, los candidatos demandantes debían depositar una fianza de $25 mil dólares.
Al final la juez resolvió en audiencia se haga la devolución de las fianzas a Carlos González, Jair Martínez y a Carla García.
En el circuito 8-7 habían habilitados para votar 166 mil 857 electores.