La Corte Suprema de Justicia (CSJ), luego de admitir una demanda de inconstitucionalidad contra el toque de queda, abrió un espacio para que el demandante y todas las personas interesadas presenten por escrito sus argumentos sobre este caso.
Una vez notificada la admisión de la demanda el Procurador de la Administración emitió concepto en relación a la misma.
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Cumplido este trámite, el magistrado sustanciador Carlos Alberto Vásquez Reyes ordenó la publicación de un edicto hasta por tres días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de diez días, contados a partir de la última publicación, para la presentación de los argumentos.
La Demanda de Inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo N° 490 de 17 de marzo de 2020 (Que declara el Toque de Queda en la República de Panamá y dicta otras disposiciones), fue presentada por los abogados José Alberto Álvarez y Rubén Elías Rodríguez, actuando en su propio nombre y representación