El Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (CONATO) rechaza el proyecto de ley presentado por la ministra de Trabajo, Doris Zapata sobre el recorte de la jornada laboral.
CONATO conformado por las organizaciones: CTRP, CNTP, CGTP, CUGT, CONVERGENCIA SINDICAL, CASA SINDICAL, FENASEP, FSTRP y FAT se reunió ayer con diputados de diferentes bancadas de la Asamblea Nacional para fijar su posición.
CONATO asegura que el proyecto no es producto del consenso de la mesa tripartita del diálogo por la reactivación económica y que muchos de los temas no fueron siquiera objeto de la discusión en este espacio.
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Agregan que la iniciativa contempla graves lesiones a los derechos y conquistas laborales, como la reducción de los recargos por jornada extraordinaria, recargos por trabajo en día de fiesta o duelo nacional, codificación unilateral por parte de los empresarios de la jornada y horario de trabajo, entre otras afectaciones.
Además, señalaron que el proyecto no contempla ninguna medida que favorezca a la protección del empleo, afecta los derechos laborales y favorece los intereses empresariales. Pero que, adicional, es totalmente contraproducente con las iniciativas de reactivación económica toda vez que profundizaría las desigualdades y recargaría aún más sobre los hombros de la clase trabajadora, el costo de la crisis acrecentada por la pandemia.
CONATO exige desistir de este proyecto de ley.
Este lunes la ministra de Trabajo Doris Zapata presentó un proyecto de ley que conserva o protege los contratos suspendidos en las empresas afectadas por la covid-19.
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La funcionaria agregó que la iniciativa no contempla cambios sustanciales al Código de Trabajo y garantiza el pago del décimo tercer mes.
Zapata presentó la iniciativa que adopta medidas para proteger los servicios de contratos suspendidos en las empresas afectadas por la pandemia y que recoge algunos de los consensos que desde la técnica jurídica deben ser convertidos en normas de obligatorio cumplimiento mediante ley.
La funcionaria aclaró que, salvo la adición de un artículo al Código de Trabajo, no se reforma en absoluto ya que sus disposiciones son temporales y regirán hasta el 31 de diciembre de 2020.