Con la llegada a la tercera edad, el Estado panameño otorga ciertos beneficios al adulto mayor contemplados en la Ley 6 del 16 de junio de 1987.
Esta establece descuentos a jubilados que van del 15% a 50% en actividades recreativas como cines, teatros, espectáculos públicos, transporte, hoteles, restaurantes, hospitales, farmacias, servicios médicos, préstamos bancarios, electricidad y otros servicios públicos.
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Más allá de la vida
Hasta hay un descuento de servicio funerario, lo que representa un beneficio aun más allá de la vida, como explicaron en la Acodeco.
Si el difunto era jubilado, pensionado o de la tercera edad, puede hacerse acreedor al 20% de descuento en la compra de ataúdes y urnas, así como la contratación de servicios funerarios para su propio uso, a pesar de ser pagado por un familiar. Incluso, explicó la entidad, dos empresas en la capital fueron citadas por no tener el aviso de descuentos a jubilados, pensionados o de la tercera edad ni la información de precios a la vista, como lo obliga la Ley 45 de 2007.
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Polémica
A pesar de que la Ley 6 establece una serie de beneficios a jubilados, pensionados y tercera edad, algunos comercios se quejan por prácticas que, consideran, los afectan.
Por ejemplo, en restaurantes a la hora de pagar se han dado casos en los que el adulto mayor pretende que se le descuente a todos sus acompañantes por ser él quien paga, cuando como lo establece la ley el beneficio es exclusivo para la persona de tercera edad.
En el caso de la Asociación de Restaurantes y Afines de Panamá (ARAP), la Dirección General de Ingresos (DGI) evalúa las soluciones a las inquietudes expuestas por el tema de descuento en consumo de alimentos a jubilados, pensionados y la tercera edad en el país, ya que aseguran que por más de 30 años son ellos los que pagan el beneficio y el dinero no se les devuelve ni lo ven reflejado en sus declaraciones de renta como corresponde.
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Pero la queja de los empresarios está siendo atendida desde el pasado octubre, cuando el asesor jurídico Rafael Brown, de la DGI, expresó la necesidad de hacer mejoras que les permitan a los empresarios realizar las deducciones correspondientes.
Datos
Sugerencia y preguntas frecuentes:
La Acodeco recomienda que para los servicios funerarios, que por lo general se pagan en cuotas, lea, analice y pregunte sobre puntos no claros en el contrato antes de ser firmado. Investigue la reputación de la empresa.
¿Tengo derecho a descuento en mis comidas en los restaurantes?
Sí, tiene descuento, pero solo para su comida individual, no incluye a ningún otra persona que lo acompañe, excepto si tiene la edad para el descuento como dice la Ley 6.
¿Si compro una pizza familiar, un combo, un megapack, una bandeja de pollo, me tienen que dar el descuento aunque sea para llevar?
Sí, deben darle el descuento. Se exceptúan las bandejas de pollo que se compran para llevar en los supermercados.
¿Los cines que venden combos deben darme descuento?
No aplica el descuento, ya que la ley se refiere a restaurantes y franquicias, no a cines.
¿Sobre los servicios de cable y cuentas de teléfono celular?
No está contemplado en esta ley. El teléfono residencial, si está a su nombre y es una sola línea, sí tiene derecho a un descuento del 25%.