Muchos podrán dejar de pagar hasta diciembre sus préstamos ya sea en bancos, financieras o cooperativas, pero no todos. Luego de que el presidente, Laurentino Cortizo Cohen, sancionó la Ley 156 del 30 de junio que establece una moratoria sobre los préstamos otorgados por los bancos, cooperativas y financieras, tanto públicas como privadas, hasta el 31 de diciembre de 2020, las entidades crediticias aclararon que solo aplica para los que demuestren estar realmente afectados económicamente debido a la emergencia nacional con motivo de la pandemia.
Los bancos locales ya habían anunciado que extenderían una moratoria a los afectados por la pandemia hasta diciembre, por lo que no consideraban necesaria una ley.
Aimeé Sentmat, presidenta de la Junta Directiva de la Asociación Bancaria de Panamá, explicó en su momento, que es preciso que el cliente pueda sustentar su afectación.
De acuerdo a esta ley ya sancionada, para acreditar el estado de incapacidad o insolvencia para el pago de estos compromisos la persona natural, jurídica o independiente afectada debe presentar ante el banco, financiera o cooperativas, una declaración jurada en papel simple o ante notario público, en la que haga constar la afectación de sus ingresos, o presentar su carta de despido, suspensión de contrato de trabajo o disminución de la jornada de trabajo para los empleados del sector público o privado.
Quiénes aplican
La ley promulgada en la Gaceta Oficial de este miércoles, 1 de julio, y que lleva la firma del presidente y del ministro de Economía y Finanzas (MEF) Héctor Alexander, señala que podrá acogerse a los beneficios de moratoria sobre préstamos otorgados por los bancos, cooperativas y financieras hasta el 31 de diciembre de 2020, las personas a quienes se les ha suspendido o cesado su contrato laboral, los que tienen jornada reducida, o los trabajadores independientes y comerciantes que hayan cerrado operaciones o cuya actividad se ha visto afectada por las medidas sanitarias aplicadas por el nuevo coronavirus.
Los interesados deben acercarse a su banco o entidad crediticia.
“Las personas que durante el periodo de emergencia sanitaria continúan recibiendo un salario fijo o ingreso regular producto de su actividad comercial, no podrán acogerse a la presente ley”, aclara el documento.
¿Cómo funciona?
Sobre cómo funciona la moratoria para los que pueden aplicar, Sentmat explicó que los clientes no tendrán que hacer pagos mientras dure el periodo de gracia. Aunque eso no significa que la deuda desaparece, sino que tendrá un periodo más extenso, más cómodo para pagarla y sin penalización o intereses por pago atrasado.
“El cliente que está exigido a hacer un pago mensual no va a tener que hacer ese pago mensual (hasta diciembre). Los pagos mensuales, recordemos en todos los productos de los bancos, incluyen abono a capital e intereses regulares. Cuando no se hace un pago, incluso se adicionan intereses de mora, en estas extensiones no va a haber intereses de mora, no va a haber interés sobre interés.Cuando se levante la gracia podría mantener su misma cuota mensual, porque no estamos exigiendo que el cliente haga todo el pago de una vez, cuando se venza la mora, pero va a tener que extenderse su plazo, porque en efecto para poder que el cliente mantenga su misma cuota, se extiende el plazo de su préstamo”, manifestó la presidenta de la Asociación Bancaria Nacional.
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Es decir, que si tiene un préstamo por diez años, por ejemplo, ahora tendría un plazo de diez años y seis meses para pagarlo y con la misma letra o cuota mensual.
De hecho, la Ley, en su Artículo 3 dice que “una vez vencido el término de la moratoria establecido por la presente Ley, los acreedores, de común acuerdo con el deudor, deberán establecer los mecanismos necesarios para que el deudor cliente pueda retomar, a través del refinanciamiento o prorrateo de sus compromisos, sin que ello conlleve el cobro de recargos por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos, ni afectación en su referencia de crédito”.
¿Tiene dudas?
Aimeé Sentmat, presidenta de la Junta Directiva de la Asociación Bancaria de Panamá, estará resolviendo dudas sobre el “Apoyo de los bancos durante el covid 19”, este martes 7 de julio, desde las 2:00 p.m., en un conversatorio digital gratuito por Zoom a través del link: https://us02web.zoom.us/j/89600205866 y por Facebook Live de Mi Diario Panamá. Prepare sus preguntas o las puede adelantar enviándolas al correo webmd@midiario.com.
El presidente Cortizo manifestó que “esta nueva ley será un alivio económico para miles de panameños afectados por la crisis y además un respaldo para garantizar la fortaleza del sistema bancario , que será un aliado fundamental en la construcción de la nueva normalidad ya que de ahí vendrá el financiamiento para levantar los negocios afectados y reactivar la economía”.
Informó que el sistema bancario genera más de 26 mil empleos en el país y de acuerdo a la Superintendencia de Bancos, al 25 de junio se han modificado préstamos bancarios en modalidades como cambios en los plazos, extensiones en la fecha de pago y periodos de gracia, beneficiando a 1,036,417 clientes.
De igual manera, la cartera hipotecaria residencial ha beneficiado a 148 mil familias.
La ley, que tiene efectos retroactivos desde el 1 de marzo de 2020, también señala que las entidades bancarias, cooperativas y financieras no podrán efectuar cobros, aumentar tasas de interés aplicadas, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo sobre los préstamos indicados y que son objeto de moratoria.
La Superintendencia de Bancos de Panamá, el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo y el Ministerio de Comercio e Industrias, estarán obligados a velar por su estricto cumplimiento y aplicarán las sanciones establecidas.
Mientras dure la declaratoria de emergencia nacional y hasta setenta días después de que esta sea levantada, no se verán afectados los historiales de crédito de las personas, los cuales están registrados por la Asociación Panameña de Crédito.
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La Ley aplica para los siguientes productos:
-Hipotecas –
- Préstamos personales
–Préstamos a la pequeña y mediana empresa
–Préstamos al sector agropecuario
–Préstamos comerciales
–Préstamos al sector transporte
–Préstamos de auto
–Tarjetas de crédito