La Autoridad Nacional de Aduanas (ANA), extendió hasta agosto de este año, prorrogable, la Resolución 118 de 23 de marzo de 2020 que establece un procedimiento temporal para la importación de mercancía bajo la modalidad especial de envío de socorro (Ayuda y asistencia humanitaria).
El procedimiento aplica para la importación de vehículos y otros medios de transporte, alimentos, medicinas, ropa, frazadas, carpas, casas prefabricadas, artículos para purificar y almacenar agua u otras mercancías de primera necesidad y cualquier mercancía enviada como ayuda para las personas afectadas con motivo de la emergencia nacional por el covid-19.
Así mismo, los equipos, vehículos y otros medios transporte, provisiones, suministros, efectos personales y otras mercancías para el personal que les permita cumplir sus funciones durante todo el tiempo que dure su misión.
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Igualmente, las vacunas y medicamentos; órganos, sangre y plasma humanos; aparatos médico-clínico; material radiactivo y materias perecederas de uso inmediato o indispensable para una persona o centro hospitalario.
La ANA se reserva la facultad de regular, este procedimiento, el formulario que la entidad habilite para tal efecto tendrá un término de 6 meses para la culminación de su trámite en la institución.