El Día de la Etnia Negra se estableció en Panamá mediante la Ley 9 del 30 de mayo del año 2000, para conmemorar la diversidad étnica que tiene el país y resaltar los aportes de los negros al desarrollo de Panamá, a través de los años.
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Son muchos lo logros obtenidos durante estos 20 años de vigencia de la ley, sin embargo queda mucho por hacer para el rescate de esta población que se encuentra en pobreza y situaciones de vulnerabilidad en varias regiones del país.
La directora de la Secretaria Nacional para el Desarrollo de los Afropanameños (SENADAP), Urenna Best, indicó que en el próximo censo de población habrá un renglón destinado a conocer la realidad de los afropanameños y que está población solo requiere tener más oportunidades para salir adelante.
Actividades
Este año a raíz de la pandemia por el coronavirus, las escuelas, instituciones públicas no se han vestido de fiesta, con los llamativos atuendos de colores.
Sin embargo es ocasión propicia para recordar a las autoridades panameñas que queda mucho por hacer para erradicar todo forma de discriminación contra los afrodescendientes en Panamá , empleando políticas públicas encaminadas a su desarrollo.
En diversos canales de la localidad se han realizado foros sobre el papel de los negros dentro de la sociedad panameña y su aporte a la vida nacional.
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CONÓCELA
Gaceta Oficial, miércoles 31 de mayo de 2000 N°24,064
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEY No.9
(De 30 de mayo de 2000)
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA
Artículo 1. Se declara el 30 de mayo de cada año Día Cívico y de Conmemoración de la Etnia Negra Nacional, que se celebrará en todo el territorio de la República con el propósito de resaltar sus valores y aportes a la cultura y al desarrollo del país.
Artículo 2. El Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Cultura y el Instituto Panameño de Turismo, garantizarán el cumplimiento de la disposición anterior y organizarán eventos alusivos a la fecha.
Artículo 3. Los centros educativos oficiales y particulares, así como las instituciones públicas, autónomas, semiautónomas y municipales, desarrollarán durante esos días actividades culturales orientadas a resaltar el aporte científico, cultural, económico y laboral de la etnia negra en Panamá.
Artículo 4. Esta Ley entrará en vigencia desde su promulgación y deroga cualquier disposición que le sea contraria.