La Corte de Apelaciones de Santiago, en Chile, ha fallado a favor de un trabajador despedido por llegar a su faena minera con un nivel de alcohol en sangre de 0,08%. El tribunal consideró que el despido era injustificado, ya que no se demostró que su conducta representara un riesgo para sus compañeros. Según la legislación chilena, una persona se considera bajo influencia del alcohol con niveles entre 0,31% y 0,79%, y en estado de ebriedad a partir de 0,8%.
El fallo subraya que la empresa no logró establecer un nexo causal entre la presencia de alcohol y un riesgo concreto para la seguridad laboral. Además, el juez destacó que la carta de despido no cumplía con las exigencias necesarias para fundamentar adecuadamente la decisión. Expertos en derecho laboral han señalado que este caso resalta la necesidad de evaluar el peligro real y no solo potencial, sugiriendo que las sanciones disciplinarias deben ser proporcionales y consideradas como última opción.