El Tribunal Superior de Liquidación revocó un fallo del Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales adjunto, que condenó a la pena de 10 años de prisión a David Murcia Guzmán y Ernesto Chong Coronado; por tanto, declaró prescrita la acción penal.
A través del edicto 1092 colgado en la sede del juzgado, se notifica a las partes de la decisión del tribunal de dejar sin efecto una sentencia del juez Fernando Basurto, que condenó a Murcia Guzmán y Chong Coronado como autor y cómplice, respectivamente, por la comisión del delito de captación ilegal de fondos.
En su momento, el juez Basurto acogió el alegato del Ministerio Público en el que se planteó que los investigados desempeñaron una actividad empresarial dedicada a la captación comercial y habitual de dinero, a cambio de recibir beneficios porcentuales en concepto de dividendos, sin estar autorizados y regulados.
Para ello, argumentó el Ministerio Público, se utilizaron diversas sociedades anónimas que se transferían los ingresos entre sí. Esas empresas fueron constituidas y dirigidas por Murcia Guzmán, quien se beneficiaba de la actividad. Las mismas eran administradas por Chong Coronado, bajo contrato de servicios profesionales.
Entre los fundamentos de derecho que usó el Tribunal de Liquidación para revocar la sentencia, figuera el artículo 393 D del Código Penal de 1982, vigente en el momento de los hechos investigados. Esa disposición establece que “quien capte de manera masiva y habitual recursos financieros del público, sin contar con la previa autorización de la autoridad competente, será sancionado con prisión de 3 a 5 años”.
Durante la investigación, el Ministerio Público cauteló varios bienes inmuebles y autos de lujo que poseía Murcia en Panamá. Entre los bienes confiscados figuraban 10 carros –de los cuales seis eran de lujo–, dos apartamentos, tres motocicletas, cuadros de pintores famosos, mobiliario de oficina, ropa y $1.3 millón depositados en cuentas bancarias.
Varios de los automóviles de lujo, de las marcas Maseratti, Lamborghini y Ferrari, valorados entre $250 mil y $350 mil cada uno, en su momento, quedaron bajo la custodia de la Policía Nacional.
Ronier Ortíz, quien ejerció la defensa de Murcia, consideró que la decisión del tribunal se ajusta a derecho, pues se trata de hechos ya prescritos.
Murcia Guzmán fue detenido en Panamá el 20 de noviembre de 2009 y entregado a las autoridades colombianas, tras ser acusado de blanqueo de capitales y captación ilegal de fondos. Luego fue extraditado a los Estados Unidos, país en el que purgó una pena de nueve años de prisión. A su salida, fue enviado a Colombia en donde cumple una pena de 22 años de arresto.
Siempre alegó que su detención en Panamá fue ilegal y que nunca le informaron los cargos en su contra. En una reciente entrevista a medios colombianos, Murcia Guzmán aseguró que al momento de su arresto había suficientes fondos para reparar a las víctimas, pero que desconoce qué sucedió con el dinero.
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