La Iglesia ha anulado el matrimonio de una pareja en España debido a que la mujer ocultó a su marido que tenía una cuenta activa en OnlyFans antes de casarse y continuó usándola después de la boda.
Cuando el marido descubrió que su esposa tenía un canal activo en esta red social, conocida por su contenido erótico y pornográfico, que había creado antes de casarse y ocultó, decidió solicitar la nulidad de su matrimonio a través de la Iglesia. Para llevar a cabo el proceso contrató al abogado Enrique Sainz, quien explicó que para que la Iglesia decrete la nulidad matrimonial, se deben incumplir algunas de las premisas esenciales como prometer pasar la vida juntos, tener hijos y ser fieles.
El Tribunal Eclesiástico consideró que, aunque la mujer alegó que las fotos no eran explícitas y que solo usaba OnlyFans para ganar dinero extra, el hecho de haberlo ocultado a su esposo, dada la naturaleza de contenido erótico de la plataforma, constituye una violación de la fidelidad matrimonial según el canon 1101.2 del Código Canónico.
El letrado señaló que la ocultación de la existencia de la cuenta de la red social OnlyFans por parte de la mujer ha sido motivo para que el Tribunal Eclesiástico considere que existe una ruptura en la fidelidad.
(Con información de www.abc.es)